El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº6 de Puerto del Rosario (Fuerteventura) ha dictaminado que el informe preliminar de la autopsia del bebé de tres meses que murió el 29 de abril, admite indicios de que la muerte no fue un accidente, sino que fue causada por "una o varias acciones violentas perpetradas por parte del padre". Actualmente, el padre está en prisión preventiva por este hecho. El dictamen descarta la tesis inicial de que la muerte fue accidental.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha emitido un comunicado en el que informa que el juez Sergio Aliaga Herrera ha retirado la orden de secreto que pesaba hasta el 12 de mayo sobre la investigación del fallecimiento del bebé. En octubre de 2019, la Justicia retiró la custodia a la pareja sobre dos hijos anteriores, ambos de muy corta edad, porque uno de ellos dio positivo en cocaína y marihuana en un análisis médico. El TSJC matiza que estas actuaciones se tramitan en un juzgado de Puerto del Rosario distinto al que investiga la muerte del bebé.
El juez ha desestimado el recurso de reforma presentado por la madre del bebé fallecido contra el auto que el pasado 1 de mayo acordó retirarle la guarda y custodia de sus dos hijos y prohibirle salir de la isla para visitar a su pareja, que está en prisión preventiva en Lanzarote. El auto indica que, "la bebé fallecida carecía de los más elementales cuidados desde su nacimiento, tales como que nunca le habían sido cortadas las uñas, presentando una dermatitis gravísima en el pañal consecuencia de tenerla durante horas con el pañal mojado, con una fontanela craneal de 5 centímetros que evidencia desnutrición. Esto es, en palabras de propio forense, se aprecia que la bebé era alimentada a la mitad de lo normal en los pocos meses de vida y presentaba un estado de extrema suciedad".
El auto añade que, "la madre ha descuidado desde el nacimiento los cuidados más elementales de su hija, ahora fallecida, motivo por el cual es responsable por lo menos de un delito de incumplimiento de los deberes familiares y de maltrato o un delito de homicidio imprudente, siendo en consecuencia la medida acordada necesaria y proporcionada". Asimismo, menciona que la medida primitiva acordada respecto a los otros dos hijos, la cual sigue vigente, ha sido quebrantada indiciariamente por la abuela materna.
El auto que acordó el ingreso en prisión preventiva del padre de la niña fallecida justifica la medida en que existen serios indicios delictivos, ya que el padre ingresó el cuerpo sin vida de su hija en un centro de salud de Puerto del Rosario. El bebé mostraba una dermatitis del pañal muy avanzada y las uñas largas y con presencia de suciedad. "En ningún momento se cortaron las uñas de la bebé desde su nacimiento, lo que unido al estado en que se encontraba la vivienda dónde residía la menor, se puede observar un estado insalubre con cigarros, y porros cerca de dónde la bebé se bañaba así como una suciedad de varios días", declaró el médico forense. Por estos motivos, se puede comprobar indiciariamente que la bebé vivía en condiciones insalubres incompatibles con su corta edad.