LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 3 Feb.
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canaria (TSJC) indicó, con relación a la visión de apelación del coche de cuestiones anteriores del llamado 'caso Romina', que mientras que persista la huelga de Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) de la Sala, la causa está "paralizada, impidiendo que siga la tramitación por la parte de la Audiencia Provincial".
En un aviso del TSJC, se enseña que la Sala de lo Penal recibió de la Audiencia Provincial de Las Palmas la apelación del coche de cuestiones anteriores el 12 de enero de 2023, fecha donde se incoa el trámite y se abrió el período de personación de las partes.
Posteriormente, tras personarse todas y cada una de las partes en el período legal, la LAJ de la Sala, Isabel Morales, puso en conocimiento del presidente el 26 de enero que se podría apuntar pese a estar ella de huelga, puesto que había pedido permiso de temas propios hasta el martes 7 de febrero "y quien la reemplazaba no se encontraba en huelga, todo ello a fin de eludir dilaciones y en atención al caso y materia (crueldad sobre la mujer)".
Añade que, si bien sea un hecho conocido por la trascendencia y influencia mediática, el encausado había sido puesto en independencia al sobrepasarse el límite máximo de la prisión provisional, con lo que la "causa no se encontraba comprendida en la resolución del secretario general del Ministerio de Justicia de fecha 19 de enero de 2023".
Así, recopila el escrito del TSJC, el 27 de enero el LAJ sustituto, Francisco Rodríguez Morilla, dicta diligencia de ordenación señalando la visión de apelación para el día 31 de enero de 2023, a las 11.30 horas, día en el que el presidente tenía concedida comisión de servicios, con lo que exactamente el mismo LAJ por diligencia de esa fecha pide a la Secretaría de Gobierno la designación de un magistrado para llenar Sala, "lo que se cumplimenta instantaneamente, quedando establecida una exclusiva configuración de la Sala bajo la presidencia del magistrado Antonio Doreste como magistrado mucho más viejo, según las reglas aprobadas por Sala de Gobierno".
Añade que estas diligencias fueron notificadas al Ministerio Fiscal y a las partes, pidiendo 2 de ellas intervenir por conexión telemática, a eso que se accedió a través de providencia de fecha 27 de enero. Sin embargo, el 28 de enero, la titular LAJ de la Sala comunica por un whsatsapp al presidente y a los jueces de la Sala que, por motivos de tipo personal, "iba a seguir a la anulación del permiso por temas propios que había pedido y que, por consiguiente, el martes iba a estar de huelga".
Por su parte, el LAJ por substitución en servicios mínimos, Francisco José Rodríguez Morillas, muestra por diligencia de ordenación de 31 de enero que hace constar y pone "en conocimiento de todas y cada una de las partes que en este Tribunal solo se realizará a lo largo de hoy los servicios mínimos establecidos en las disposiciones legales y normativas, al estar el LAJ titular de este órgano ejercitando su legítimo derecho de huelga".
Agrega que de conformidad con la resolución del secretario general de la Administración de Justicia, por la que se fijan servicios mínimos para la huelga convocada desde el 24 de enero de 2023, por la que se considerarán servicios fundamentales "de forma exclusiva los juicios orales del orden penal o cualquier acto o comparecencia en causas con preso o presa, con el objetivo de no demorar la resolución de ocasiones de privación de independencia, hago constar que este letrado, aparte de no intervenir en la visión señalada para el día, tampoco garantizará la vericidad y también integridad" de los grabado o reproducido en ese acto con "todos" los perjuicios que esto logre comportar a las partes según lo predeterminado en el producto 228 de la LEC y el producto 241 de la LOPJ.
La diligencia fue notificada a las partes pero "ni la diligencia ni su notificación se encuentran en el ámbito de los servicios mínimos que establece la citada resolución del secretario general de la Administración de Justicia".
Por ello, el día del señalamiento, el 31 de enero, a las 11.30 horas, el magistrado Antonio Doreste, como presidente en funcionalidades de la Sala, logró entender a las partes y al Ministerio Fiscal que la LAJ titular se encontraba de huelga y que la celebración de la visión no estaba en los servicios mínimos.
Ante ello, tanto el Ministerio Fiscal como las partes presentadas, pidieron que se celebrara la visión y "expresaron que de ninguna forma afectaba a sus derechos procesales, con lo que no iban a proponer hecho de nulidad de actuaciones". Es por ello que el presidente en funcionalidades resolvió festejar la visión, que quedó grabada en el sistema Arconte-Áurea si bien "no consta la certificación de LAJ en razón de la que se comprende incorporada" al sistema de administración procesal.
Así, el 31 de enero, la Sala resolvió a través de coche el recurso de apelación y su resolución, cuya ponencia correspondió a la jueza Carla Bellini, "resolución que consta en el sistema de administración procesal sin que hasta hoy haya sido notificada", y a través de escrito de 1 de febrero el procurador de la acusación especial al no poder bajar la grabación de la visión insta al LAJ, tras referirse a la situación de huelga y a la diligencia de ordenación de la víspera, a que les "ponga de manifiesto si esta es la causa real" que impide el ingreso a la descarga intentada, o es únicamente una cuestión técnica-informática, remediable por la parte del técnico que sea correcto.