• martes 28 de marzo del 2023

El Supremo ratifica la condena de 23 meses de prisión a Miguel Concepción por estafa en las subvenciones áereas

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El Alto Tribunal sostiene asimismo los ocho meses de prisión para sus hijas como cómplices en la extinta compañía aérea Islas Airways

SANTA CRUZ DE TENERIFE, diez Mar.

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 23 meses de prisión impuesta al empresario Miguel Concepción por delito continuado de estafa agravada en las bonificaciones que entrega la administración pública a los habitantes en Canarias para vuelos, tal como la de 8 meses de prisión pertinente a 2 hijas como cómplices del delito.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Tenerife establece además de esto que los tres acusados van a deber indemnizar a la Administración General del Estado --Ministerio de Fomento-- en la proporción de 3.987.769,07 euros, de la que Miguel Concepción responderá en un 50 por ciento y sus 2 hijas en un 25 por ciento cada una, con compromiso caritativa entre ellas por su cuota y subsidiaria a la del creador y de éste por la de ellas.

Los hechos probados apuntan, entre otros muchos extremos, que entre noviembre de 2007 a abril de 2011, el importe liquidado en término de bonificaciones por la extinta compañía Islas Airways que operaba en vuelos interinsulares ascendió a 47.260.839,58 euros.

Según la sentencia, Miguel Concepción, en su calidad de presidente, y con la intención de recibir del Ministerio de Fomento proporciones superiores a las que habría correspondido en virtud del Real Decreto y por consiguiente conseguir un beneficio familiar indebido, inventó y adoptó resoluciones con la colaboración de sus hijas, Eloísa Concepción Rodríguez y Verónica Concepción Rodríguez, en calidad de integrantes del consejo de administración.

Agrega el relato que los acusados, a lo largo de los años 2008 a 2011, "remitieron archivos de vuelos y certificaciones que aparentaban ser adecuados y tener respaldo reportaje, lo que les dejó sobrepasar los controles rutinarios, en el momento en que de todos modos carecían de sustento o no respondían a la verdad, consiguiendo así conseguir bonificaciones superiores a las verdaderamente debidas en los términos demandados por el Real Decreto y la Ley de Subvenciones, por un precio de 8.399.180,32 euros".

El prominente tribunal señala en una nota que desecha el recurso de las tres personas condenadas y considera adecuada la calificación como delito de estafa agravada por la cuantía, cometida por quienes controlaban una agencia de viajes, simulando viajes interinsulares canarios y consiguiendo las bonificaciones oficiales que entrega la administración a los habitantes en las islas para empujarlos en sus viajes aéreos.

Según el Supremo todo era "falso" y documentado aparente y formalmente para sobrepasar los controles rutinarios del Ministerio de Fomento, consiguiendo una copiosa suma por el perjuicio producido a la administración.

El Supremo, en sentencia de la que fué ponente el magistrado Julián Sánchez-Melgar, asimismo desecha la solicitud de que la atenuante de dilaciones incorrectas apreciada en la situacion fuera considerada como muy cualificada.

En ese sentido, ten en cuenta que, si bien la solicitó asimismo el Ministerio Fiscal en la instancia, la Audiencia optó por la situación que sostenían la acusación especial (Ministerio de Fomento) y la acusación habitual (Binter).

Asimismo, cree que la duración total del desarrollo, de 8 años, y el no haber habido retrasos alén de ciertos de 9 meses, ciertos por la confección de reportes y por la calificación de los hechos, entendibles por la dificultad de la causa, no dejan calificar la paralización como de excepcional.

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