SANTA CRUZ DE TENERIFE/MADRID, diez Feb.
Canarias se situó en 2021 como la red social autónoma con mayor tasa de población con faltas materiales severas, con un 15,1%, lo que piensa mucho más de 341.000 personas, según recopila un informe de la Asociación Estatal de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales elaborado con datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Además, solo 134.008 personas reciben ayudas lo que piensa algo mucho más de 39% de los damnificados y el 6,1% de la población total de las islas, con un coste de prácticamente 17,1 millones, lo que piensa una media de 127 euros por año por perceptor.
En España prácticamente 4 miles de individuos (3.918.872) tienen faltas materiales graves en España pero en 2021 recibió alguna asistencia para contemplar sus pretensiones básicas 1,5 miles de individuos, con Andalucía y Madrid como las comunidades autónomas que menos dinero destinaron para contemplar pretensiones básicas.
En cuanto a la cuantía de estas ayudas, la asociación asegura que la media por año por receptor se ubica en los 172,67 euros. Destaca la situacion de Murcia, con un número de 3.622,13 euros por perceptor, tal como los mucho más de 1.000 euros de media que se dan en Aragón (1.346,33), Castilla-La Mancha (1.086,71) Galicia (1.219,21) y Asturias (1.007,28), en frente de los 75,5 euros de media en Andalucía o los 87 euros de la Comunidad de Madrid.
La asociación añade que el Ingreso Mínimo Vital (IMI), las rentas de inserción de las CCAA y las ayudas de urgencia popular que dan las entidades locales, principalmente municipios, son los elementos que tienen estas familias para contemplar estas pretensiones tan básicas por la parte de las Administraciones públicas
Sin embargo, Directoras y Gerentes de Servicios Sociales demanda "el entramado burocrático insignificante y despiadado, que hace difícil a centenares de miles de familias que lo precisarían, sentir el IMV". Además, demanda que el número de adjudicatarios de las Rentas Mínimas de Inserción de las CCAA (RMI) se redujo en 150.000 personas en 2021 en relación a 2020 y asegura que solo el 7,1% de la población que vive bajo el umbral de la pobreza en España (645.317 personas) se favorece de estas RMI.
En cuanto a las ayudas para atender las pretensiones mucho más básicas (nutrición, vestido, alquiler, recursos del hogar) alcanzaron en 2021 a 1.576.052 personas, un 40,2% del total de la gente con graves adversidades materiales.
La asociación regresa a enumerar las diferencias por territorios en esta cobertura: en La Rioja, el número de perceptores (21.386) es superior al de personas con adversidades materiales graves (16.626); y en Cataluña hay una cobertura del 71,48%, en frente de Cantabria con un 0,12%, Murcia con un 0,09%, o Galicia, con un 1,81%.
Además, ten en cuenta que en 2021 las entidades locales destinaron 272.134.172,diez millones de euros en ayudas a personas que carecen de elementos básicos, lo que piensa 63 millones de euros menos que en 2020. Esta cuantía piensa 5,76 euros por habitante y año.
Por todo ello, Directoras y Gerentes de Servicios Sociales resalta que, si bien muchas entidades locales han aumentado sus capitales premeditados a ayudas de urgente necesidad en los 2 últimos años, "los métodos burocráticos y la rigidez de las intervenciones municipales limitan el ingreso o retrasan el cobro y, por consiguiente, la efectividad de las ayudas".
En este sentido, lamenta que hay municipios que tienen la posibilidad de demorar hasta un par de meses en ofrecer una asistencia de urgencia popular y las dificultades en el momento de justificarlas frente a la intervención "son dificultosas y humillantes".
A su juicio, "la rigurosa interpretación de la regla, que considera estas ayudas como subvenciones", se encuentra dentro de las causas de esta situación, con lo que urge alterarla o interpretarla de forma menos estricta.
Precisamente, apunta que ciertas comunidades autónomas han aumentado esta financiación con métodos "paralelos y contradictorios" para sortear las adversidades burocráticas impuestas por la interpretación de la Ley de Subvenciones por la Intervención General de la Administración del Estado.
La asociación cifra en un 8,3% el porcentaje de población de españa que precisa asistencia para contemplar sus pretensiones mucho más básicas como comer carne, pollo o pescado cuando menos cada un par de días o sostener la vivienda a temperatura correcta.
En general se estima que un individuo está en situación de carencia material y popular severa si afirma tener carencia en, cuando menos, siete elementos de los próximos: no puede posibilitarse ir de vacaciones cuando menos una semana por año; no puede posibilitarse una comida de carne, pollo o pescado cuando menos cada un par de días; o puede posibilitarse sostener la vivienda con una temperatura correcta; no posee aptitud para enfrentar costos imprevisibles (de 700 euros); tuvo retrasos en el pago de costos relacionados con la vivienda primordial (hipoteca o alquiler, recibos de gas, red social) o en compras a plazos en los últimos 12 meses; no puede posibilitarse tener un automóvil; o no puede reemplazar muebles deteriorados o viejos.
Tampoco puede posibilitarse substituir ropa deteriorada por otra novedosa; no puede posibilitarse tener 2 pares de zapatos en estupendas condiciones; no puede posibilitarse reunirse con amigos o familia para comer o tomar algo por lo menos una vez por mes; no puede posibilitarse formar parte con regularidad en ocupaciones de ocio; no puede posibilitarse gastar una pequeña proporción de dinero en sí y no puede posibilitarse conexión a la red.
Por todo ello, solicitan al Gobierno adoptar "medidas funcionales" a fin de que estas personas logren recibir las ayudas primordiales con la inmediatez que su situación necesita con lo que ven "indispensable y urgente" cambiar la regla a fin de que queden exceptuadas de la Ley General de Subvenciones, incluyéndolas en su Artículo 2.4, de la Ley General de Subvenciones, con la adición de un nuevo apartado con la próxima redacción: "Las ayudas de urgencia y/o urgencia popular concedidas por los servicios sociales de las Entidades Locales para contemplar las pretensiones básicas de la ciudadanía y las familias".
Además, estiman que la Intervención General de la Administración del Estado "debería mandar una instrucción a los interventores municipales a fin de que agilicen las ayudas económicas de urgencia".
En determinante, planten la necesidad de derogar el trámite administrativo que provoca que las ayudas de urgencia popular sean tratadas como cualquier subvención (aun millonaria) a una entidad, y vincular su concesión y pago a métodos ágiles basados en la prescripción popular facultativa del profesional de referencia de los Servicios Sociales municipales.